Precio GES: isapres refutan “arbitrariedad” y Cruz Blanca advierte que sin alza “no puede seguir funcionando”
En la recta final del fallo de la Tercera Sala, abogados desestimaron en sus alegatos el informe de la superintendencia y la obligación de fijar el reajuste según la prima universal.
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Justificaciones para el alza aplicada desde octubre pasado, argumentos para refutar la obligación de fijar el precio de acuerdo a la prima universal para el sector público, datos que contradicen el informe que entregó el regulador y nuevas referencias a la crisis financiera que sufre la industria, marcaron los alegatos que realizaron este jueves las isapres por el reajuste de las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el trienio 2022-2025 ante la Tercera Sala de la Corte Suprema.
Esa instancia es la misma que ha entregado dos fallos decisivos para el sector: en agosto pasado, sobre los planes base que frenó el reajuste y obligó a una nueva adecuación, y en noviembre por tabla de factores instruyendo un parámetro único y la devolución de los cobros en exceso. Y con los alegatos por los precios GES, la Tercera Sala –que preside el ministro Sergio Muñoz-, inició la cuenta regresiva para su próximo fallo para otro eje de la estructura financiera de las isapres, que nuevamente están en alerta.
“El precio GES fijado es necesario, imprescindible y vital para la continuidad de la isapre”, dijo el abogado de Cruz Blanca, Maximiliano Silva.
El punto común en las intervenciones de los representantes de seis isapres abiertas y dos cerradas, fue descartar que se hayan aplicado alzas desproporcionadas en el precio GES y vulnerado el marco legal, tal como se sostiene en los recursos de protección de los afiliados.
“No ha habido acto arbitrario ni ilegal”, dijo el representante de Cruz Blanca, Maximiliano Silva, quien abrió los fuegos en la sesión que se extendió por cuatro horas y media. A continuación, aseveró que en el desarrollo de este proceso “el precio fijado es necesario, imprescindible y vital para la continuidad de la isapre”, marcando otro eje de los alegatos enfocado en el impacto financiero en la industria.
En esta línea, el abogado profundizó en las consecuencias que tendría una eventual paralización del último ajuste en el valor GES para la viabilidad de esa aseguradora de salud. “Sin el alza del precio GES, la isapre no puede seguir funcionando”, afirmó Silva, quien agregó que en el complejo escenario en el que se encuentran la industria, Cruz Blanca no hubiese estado en condiciones de seguir funcionando sin los mayores ingresos que ha recibido por este concepto desde octubre de 2022.
Al respecto, detalló que el actual precio GES ha aportado ingresos mensuales por $ 7.000 millones, sumando a la fecha unos $ 70 mil millones “muy por sobre el patrimonio por $ 39 mil millones que tenía la isapre a marzo de 2023”. De hecho, añadió que frente al “deterioro sustancial” en sus resultados con pérdidas acumuladas por $ 57 mil millones, Cruz Blanca –cuyos accionistas han realizado aumentos de capital por $ 68 mil millones- ve en el incremento de la prima GES un factor que “sostiene su estructura financiera y permite cumplir las exigencias”, como es el caso de los ratios de garantía.
Por su parte, el abogado de Consalud, Marco Rosso, indicó que si bien esa isapre “ha hecho cuantiosos aumentos de capital, reducido su plantilla en 500 personas y perdido más de 70 mil cotizantes”, puntualizó que su dueño -la Cámara Chilena de la Construcción- “es un gremio serio que no va a fijar precios con criterios de oportunismo, pero que ante el necesario realismo ve necesario aplicar este ajuste”.
“Se está haciendo el máximo control para mantener el menor precio posible, y dentro de la búsqueda de los mejores precios convenio por convenio, y no con intentos de acceder a recursos que no sean de la manera correcta”, dijo el abogado de Banmédica, Germán Concha.
Dardos contra informe de la superintendencia
Uno de los objetivos de los alegatos fue refutar el informe que la Superintendencia de Salud envió a inicios de junio a la Tercera Sala, donde señala que mientras las isapres obtuvieron ingresos globales por $ 2.391.064 millones por los precios GES en 2022, los gastos en el mismo periodo por este concepto totalizaron $ 702.585 millones, arrojando una tasa de siniestralidad promedio de 29% en el caso de las aseguradoras abiertas.
De acuerdo a ese informe, Cruz Blanca encabezó los ingresos GES en el periodo 2019-2022 con un total de $ 544.889 millones mientras el gasto llegó a sólo $ 155.143 millones, arrojando una siniestralidad de 28,4%. A corta distancia se ubicó Colmena –con ingresos por $ 544. 645 millones y gasto por $ 130 mil millones (24%)- seguida de Banmédica -$ 460 mil millones y $ 171 mil millones (37%)-, Consalud -$ 450 mil millones y $ 158 mil millones (35%)-, Nueva Masvida - $282 mil millones y $ 48 mil millones (17%) y Vida Tres, con $ 106 mil millones y $ 38 mil millones, respectivamente (36%).
“Los ingresos están sobrestimados y hay una serie de costos que la superintendencia no incluyó en su informe y están subestimados, por lo cual la cifra de siniestralidad de 28% señalada para Cruz Blanca no es tal”, afirmó Silva. Junto a factores del sistema como los niveles de incobrabilidad, el “hecho de que no todos los afiliados pagan la misma prima” y la administración de los servicios de atención, recordó que el sistema se hizo cargo de los Subsidios por Incapacidad Laboral (SIL) y el gasto por las prestaciones a los menores de dos años.
El factor prima universal
Un factor relevante en los recursos de protección interpuestos contra el alza del precio GES, es la referencia de la prima universal anual que dicta el Ejecutivo, y que este año fijó en UF 4, equivalente a UF 0,333 mensuales. Y aunque la normativa no establece una equivalencia directa para las aseguradoras privadas, sí señala que su precio no sea “significativamente diferente”, por lo cual es un elemento fundamental para el reclamo de los afiliados contra el alza, ya que el último proceso el precio mensual promedio -UF 0,958- es 187% superior a la prima universal mensual.
Por el contrario, el abogado de Vida Tres, Juan Carlos Manríquez, indicó al respecto de ese indicador que “el legislador no estableció una suerte de precio de referencia para las isapres -eso no aparece en las disposiciones legales vigentes- sino un mecanismo de control de costos para el Estado y una referencia para la administración de los recursos para el sector público”. Así, descartó que por esta vía se pueda determinar “una fijación de precio, o siquiera una referencia para éste”.
“La prima universal no es un precio o límite de precio para el sector público (Fonasa) ni tampoco lo es para las isapres, por lo que fijar un precio GES diferente (más allá de la magnitud de la diferencia), no es per se un acto ilegal”, sostuvo Manríquez.
“No es un ejercicio razonable que las isapres se asimilen o asemejen a la prima universal, que no es un parámetro de comparación ni de verificación (…) no hay un parámetro que diga que hemos actuado de manera arbitraria”, indicó por su parte Marco Rosso.
Poniendo como ejemplo el caso de Vida Tres, Manríquez señaló que esa isapre estableció un cobro de "7,1 UF al año, o sea 3,1 UF más que el valor de la prima universal, pero eso no significa que sea lucro o una suma arbitraria. El aumento a 0,85 UF mensual –por cierto superior al 0,33 UF de la prima universal, pero menor a 1 UF mensual- implica una diferencia que obedece a que mientras todos los costos de Fonasa se cubren con plata del Estado, las isapres los asumen con los pagos de sus cotizantes sin generar una ganancia excesiva o un ingreso financiero. Por ende, ese diferencial no es utilidad, sino plata para cumplir las cuatro garantías que impone la ley: oportunidad, eficiencia , calidad y libre elección”. Añadió que una prueba de ello es que esa isapre “no tiene listas de espera”.